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46 soldados al servicio de la empresa REPSOL-YPF en Ecuador.
DIAL D 2821 du 1er au 15 septembre 2005
Según la constitución y la ley orgánica de las fuerzas armadas (de Ecuador), éstas " tendrán como misión fundamental : " el mantenimiento de la soberanía nacional, la defensa de la integridad y la independencia del Estado, y la protección de su organización jurídica "."
Pero cuando se lee el Contrato de seguridad militar para el bloque 16, Ecuador, se ve claramente que las fuerzas armadas ecuatorianas se convirtieron en una especie de empresa de seguridad al servicio de las empresas petrolíferas extranjeras. El contrato mencionado indica : " REPSOL-YPF ECUADOR S.A., constituida bajo la protección de las leyes de la España y domiciliada en Ecuador ", llamada " la Compañía" y, por otra parte, el Cuerpo de ingenieros del ejército, representado por el coronel Juan Arnulfo Reinoso Sola en su calidad de comandante, denominado " Contratante ".
Este contrato, firmado bajo el n° CO 13.00009.2003, se firmó el 1 de octubre de 2003 por el período de un año y once meses y puede ser prorrogado. Su contenido atenta a la soberanía nacional permitiendo que la empresa petrolífera española pida e imponga directivas a las fuerzas armadas que tendrán la obligación de obedecer a los órdenes de la empresa. Además, se menciona que : " la Compañía tratará con las comunidades indígenas en la región de las operaciones y dará las directivas de conducta que el Contratante debe observar en referencia a estas comunidades indígenas." En tal contexto, la Compañía será responsable de las relaciones con las comunidades indígenas y el Contratante deberá satisfacer las políticas y directivas decretadas por la Compañía. "
Es decir que las fuerzas armadas deberán realizar lo que decida la empresa como política, respecto a las comunidades indígenas, puesto que se contratan sobre todo en favor de la exploración y la explotación de petróleo que se realiza en muchos casos en los territorios indígenas.
Otra misión de las fuerzas armadas según la Constitución es garantizar la defensa, la integridad y la independencia del Estado, pero se violan estos principios fundamentales cuando se les pide obedecer a las órdenes y que se les imponen de las políticas y directivas que emanan de una empresa petrolífera privada extranjera.
Además, las fuerzas armadas, al firmar este contrato, renunciaron al orden jerárquico que es el pilar principal de su existencia, dado que se someten a las disposiciones de la empresa, como eso resulta claramente en el contrato cuando se especifica : " Durante la ejecución de los trabajos, el Contratante (las fuerzas armadas) trabajará en comunicación, coordinación y bajo las órdenes del coordinador de seguridad de la Compañía." En caso de conflicto o confrontación, el Contratante actuará bajo las órdenes del Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, e informará constantemente al coordinador de seguridad de la Compañía sobre las condiciones actuales y las actividades realizadas."
Según el acuerdo : "El objeto de este contrato es que el Contratante proporcione una seguridad íntegral en la región de las operaciones de la Compañía con patrullas, un control militar permanente en todos los lugares, carreteras de acceso y embarcaderos de los ríos y afluentes, con el objetivo fundamental de impedir la entrada de delincuentes y/o de elementos subversivos en la región de las operaciones, así como en las regiones de influencia de la Compañía." "
Lo que hay de grave en esta afirmación destinada " a impedir la entrada de delincuentes y/o de elementos subversivos en la región de las operaciones " es que el bloque 16, concedido a la empresa, es un territorio indígena perteneciendo a la nación huaorani y a distintas comunidades, así como a algunos colonos que no tienen nada que ver con el calificativo de delincuentes y aún menos subversivos.
El personal militar que se pone a disposición de la seguridad de la empresa petrolífera de conformidad con el contrato está formado por 2 funcionarios, 2 sargentos, 2 soldados de comunicación y 36 soldados.
Traducción para El Correo : Carlos Debiasi