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3 mars 2004

Asamblea Consituyente de Bolivia : ¿Punto de encuentro o salto al vacío ?

 

Por Jorge Lazarte
lazarte@ceibo.entelnet.bo

La razón política contra la razón jurídica.

Finalmente fue aprobada con fórceps la Asamblea Constituyente(AC.) y el país se apresta a dar un salto histórico, que esperemos no sea en el vacío. Dependerá de las respuestas a las distintas preguntas acerca de las reglas de funcionamiento y composición futura de la A.C. Por el momento quizá no sea del todo inútil insistir sobre la forma cómo fue aprobada la AC. y los riesgos implícitos en varios de los artículos aprobados relacionados con el tema.

La AC. es un excelente ejemplo de una situación de crisis que cambia los parámetros de lo que puede considerarse posible. Sin la crisis generalizada en el país, más el fuerte sentimiento colectivo contra los
partidos, no habría sido posible la transmutación de una propuesta, en principio extravagante y solitaria , en una demanda nacional incontenible. Sin febrero y sin el terremoto de octubre del pasado año, varios partidos no habrían actuado contra sí mismos viabilizándola en el parlamento. El problema es que para ello tuvieron que violar la Constitución Política del Estado(CPE.), en contradicción con el carácter
de A.C. "derivada" de normas y poderes institucionales preexistentes.

Es oportuno recordar que varios partidos de estos partidos, presionados por la marcha de los pueblos del oriente del mes de junio de 2002, habían asumido el compromiso de "viabilizar" la A.C. en el anterior periodo constitucional , pero incumplieron este compromiso al no incluir esta figura en la Ley de Necesidad de agosto de 2002.

Esos mismos partidos que ya no podían impedir la AC. después de la crisis de octubre, tuvieron que enfrentar el dilema entre la necesidad política y la obligación jurídica. Como se sabe, la C.P.E. establece que cualquier reforma de la constitucional debe figurar previamente y con "precisión" en una Ley de Necesidad aprobada en un periodo constitucional y luego ser ratificada en otro periodo constitucional.

Al no haber sido incluida en la Ley de Necesidad de 2002, la AC. debía entenderse como una nueva reforma que requería de una nueva ley, lo que implicaba que su eventual funcionamiento debía esperar hasta después de 2007.

Pero esos partidos sabían que políticamente no podían apostar a estos plazos, optaron por imponer una decisión anticonstitucional, confiando en que si lo hacían rápidamente, dejando un margen sólo de 24 horas para cualquier demanda de inconstitucionalidad( facultad sólo reconocida al Presidente de la República, Vicepresidente, senadores , diputados, Defensor del Pueblo), se constitucionalizaría la violación. Y esto es lo que efectivamente sucedió. A los que aún dudaban en el parlamento, se los convenció alegando que el Congreso en 1994 había procedido del mismo modo, alterando libremente lo que se había aprobado
en la Ley de Necesidad previa, y que por tanto, había establecido "jurisprudencia". A todas luces este último argumento es político y no tiene ningún valor jurídico, pues una violación legal, aunque sea por consenso, no establece "jurisprudencia". "Jurisprudencia" que quiere
decir que se ha actuado conforme a derecho. La razón política venció, como tantas veces en el pasado, a la razón jurídica. Esto es todo menos Estado de Derecho sin el cual no hay democracia.. Existían otras vías menos tortuosas y más constitucionales, que no fueron aceptadas por razones de cálculo político. Ahora la A.C. está en la Constitución y es la reforma política más importante de las últimas décadas, que pone al país frente a su propio futuro.

El riesgo de una fragmentación política incontrolable.

Fue un error de principio que el parlamento haya insistido en que la A.C. aparezca en un lugar que no le corresponde, convirtiendo a la AC. en órgano de gobierno, como puede leerse en el artículo 4 aprobado que dice ahora y nosotros subrayamos : " El pueblo delibera y gobierna por medio de sus representantes y mediante la Asamblea Constituyente, la iniciativa
legislativa ciudadana y el referéndum"... Si de todos modos la AC. debía formar parte de un artículo cuya finalidad es definir la forma de gobierno, pudo haberse salvado la insensatez cambiando la estructura de la redacción.

Si bien igualmente era inevitable por la presión social, terminar con el "monopolio" de la representación política de los partidos, sin embargo, la forma de la viabilización entraña riesgos muy grandes. Según la reforma aprobada, no sólo los partidos sino también las agrupaciones de ciudadanos y los pueblos indígenas podrán proponer candidatos a los distintos cargos electivos. Quizá el propósito era saldar una enorme deuda con los pueblos indígenas por siglos de discriminación, abuso y desprecio a los
que los sometieron los que mandaron en este país. Pero en política cuentan más los resultados previsibles, que pueden ser contrarios a los fines proclamados.

En primer lugar, no se sabe cuantos pueblos indígenas existen y ello puede presentar conflictos políticos por su reconocimiento y ser objetos de manipulación desde todos los lados.

Esta reforma se induce a estos pueblos a entrar en el campo político que no es congruente con la naturaleza de ser instituciones de la sociedad que representan identidades sociales. Una de las dimensiones de la modernidad política es la separación entre Estado y sociedad civil, entre lo político y lo social, cada uno con sus propias esferas de acción. Las organizaciones civiles deben ser fiscalizadoras pero no se puede
durablemente fiscalizar y pedir cuentas al poder formando parte de los juegos del poder político.

De otro lado, como se sabe, la política inherentemente es conflicto y es división. Estos pueblos pueden sufrir los efectos de la lucha política, debilitarse interiormente y hasta dividirse por entrar en el campo político o ser objetos de manipulación partidaria. Aquí los medios escogidos son inapropìados para los fines buscados.

Desde el punto de vista democrático lo que debería impulsarse es una mayor participación "ciudadana" y no corporativa o por parcialidades, que estimulen aún más las tendencias centrífugas del país.

Finalmente, puede esperarse la multiplicación de candidaturas sociales en los 320 municipios, desencadenando un proceso de fragmentación política incontrolable y no resuelva problemas de representación política. En estas reformas hay una dosis de buena voluntad y bastante de ilusión participacionista.

El alto riesgo para los pueblos indígenas

Estos problemas van a agravarse y amplificarse con la reforma del artículo 223, que formaba parte de un capítulo de la C.P.E. que se refería exclusivamente a los partidos políticos. En la nuevo artículo 223 se mezcla partidos, que son estructuras permanentes, con agrupaciones ciudadanas que son efímeras y pueblos indígenas, que no son partidos. A todos ellos se los somete a las mismas condiciones. Así estas agrupaciones ciudadanas y los pueblos indígenas estarán obligados a tener "programa" político y de gobierno ; a probar que su "organización" funciona "democráticamente" y a registrarse ante la Corte Electoral. Además podrán recibir recursos financieros del Estado y rendir cuentas por su uso. Estos requisitos siempre han sido para partidos, pero a partir de ahora se impondrán también a los "pueblos indígenas" que participen en las elecciones. O estas reformas son un saludo a la bandera y los pueblos indígenas no podrán asumirlas, o pagarán un alto precio por funcionar como "partidos" o "protopartidos". Esta no es la vía para haber avanzar la causa de estos pueblos. Las leyes especiales que deben aprobarse pueden limitar los riesgos pero no podrán decir lo que no dice la C.P.E. o contradecirla.

¿Punto de encuentro o salto en el vacío ?

La A.C. que es una decisión que va a marcar la historia del país, cualesquiera que sean sus resultados. La apuesta se demasiado grande como grandes parecen ser las expectativas de la población.

A los ojos de mucha gente la A.C. representa la nueva esperanza que ha inventado por necesidad, después de tantas frustraciones. Lo que no se pudo lograr de los sucesivos gobiernos, piensa que podrá obtenerlo en la A.C. De ahí el empeño de organizaciones civiles de estar representadas en la A.C., como si se tratara de una carrera para obtener las mayores ventajas posibles . En todo caso, si no se explica con claridad qué es lo que se puede y no puede hacer con la A.C. , la experiencia puede convertirse en una nueva frustración, pero esta vez con efectos más demoledores.

La A.C. puede ser un salto en el vacío y una caja de Pandora que despierte los viejos "demonios" del país ; o ser puede un oportunidad histórica en la que el país se encuentre a sí mismo. La historia no es destino sino cuando ya ha pasado, mientras tanto son los hombres los que definen su propio futuro, pero para ello tienen que avanzar construyendo una voluntad común. ¿Podremos hacerlo ?. Los romanos solían decir, jacta est ,hecho está, ya no se puede volver atrás, y hay que hacer lo mejor posible con lo que existe.

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